LY39T06P19

Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales ¿podrían ser interesados en el procedimiento administrativo?

LY39T06P15

Según el art. 1.2 de la LPACAC, reglamentariamente podrán establecerse especialidades del procedimiento referidas a:

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Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades: